En el escrito de Valentín hay una EVIDENTE CONTRADICCIÓN, al decir que: “Esta organización respetará escrupulosamente en todo momento, la legalidad estatutaria y reglamentaria de ambas Federaciones, como no podía ser de otra manera.”. Es una contradicción porque, desde que se respete el Reglamento de la Nacional, ya no se podrá llevar a cabo lo que se pretende.
Porque al respecto, el REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN NACIONAL dice:
Artículo 86.1. “Las agencias de transportes elegidas por los clubes o agrupaciones de clubes organizadores, deberán someterse estrictamente a las instrucciones y control del Comité Deportivo Nacional. Los convoyers de escolta deben poseer la licencia federativa. Está estrictamente prohibido escoltar o soltar palomas de personas o clubes no afiliados a la R.F.C.E. Aquellas Federaciones/Delegaciones Territoriales, Agrupaciones de Clubes, Clubes o afiliados que incurran en esta prohibición, serán responsables de los envíos y/o sueltas no autorizados que se hicieran junto a las expediciones que sean confiadas, siendo esta susceptible de sanción disciplinaria. (Artículo 213 apartado j)”
El Artículo 213., indica que: “Se considerarán como infracciones muy graves a las reglas deportivas o a las normas deportivas generales:
Participar y colaborar en sueltas de palomas mensajeras conjuntamente con personas, clubes o agrupaciones deportivas no afiliados a la R.F.C.E. Según lo estipulado en el artículo 86.1.”
Y el Artículo 218 indica que “Las sanciones susceptibles de aplicación por la comisión de infracciones muy graves serán:
a) Inhabilitación a perpetuidad de la práctica de la colombofilia deportiva.
b) Suspensión o inhabilitación temporal de uno a cuatro años de la licencia federativa, que lleva consigo la pérdida de antigüedad colombófila, la no participación de sus palomas en actividades deportivas y la prohibición expresa de anillar palomas con las reglamentarias de la R.F.C.E., durante este tiempo y a su nombre.
c) Descalificación en concursos y exposiciones y retirada del premio, trofeo y diploma si se hubiesen obtenido”
POR LO TANTO, PARA QUE TRANSPALOMAS PUEDA TRANSPORTAR PALOMAS DE LOS CLUBES DE LA CANARIA Y DE LA NACIONAL, SOLO SERÍA EN EL CASO DE DOS SUPUESTOS:
1. Que todos los Clubes se adscriban a La Nacional o a la Canaria. Es decir, que todos correspondan a la misma Federación, o
2. Que Transpalomas, los Clubes y los colombófilos de La Nacional, que lleven sus palomas con los Clubes de la Canaria, asuman las sanciones correspondientes y que expuse más arriba.
UNIDAD SI, pero los problemas de La Canaria los deben resolver los Clubes y colombófilos de esa Federación y la solución es fácil cuando tienes una Federación que NO REPARTE LAS SUBVENCIONES, NO APRUEBA LOS PLANES DE VUELO y cobra Licencias tan solo por tramitar la compra/venta de anillas.
Es lícito y respetable que los Clubes y colombófilos quieran seguir en la Federación Canaria, pero si así lo deciden libremente, deben asumir las consecuencias.
juan reboso