De ser cierto lo afirmado por CANARIAS 7 en relación con la sanción de 177.000 euros impuesta por AESA a la FEDERACIÓN CANARIA DE COLOMBOFILIA, a esta le cabe presentar un RECURSO DE CASACIÓN.
El recurso de casación no tiene que ver con el de apelación en el que se revisan los hechos y la legislación que se ha aplicado. EN EL RECURSO DE CASACIÓN que es al que, según indica el medio de comunicación, puede acudir la Federación, SE DAN POR PROBADOS LOS HECHOS y, en este caso el TRIBUNAL SUPREMO solo entraría en si fue o no fue correcta la normativa legal que se ha aplicado por parte de la Audiencia Nacional.
Esto puede generar incertidumbres, aunque, como ya he dicho en muchas otras ocasiones, en derecho nunca se sabe y lo que un juez dicta como bueno, otro puede dictarlo como malo. Así que cabe esperar que el Tribunal Supremo entienda que la normativa legal aplicada a la Federación Canaria haciéndola responsable de hechos probados, no fuera la adecuada y DE POR NULA LA SENTENCIA.
juan reboso.