En escrito a la Dirección General de Deportes, la Federación Canaria indica que con fecha 9 de abril de 2014 la Junta de Gobierno nombró la Gestora en la Insular de Tenerife, aunque también, en otro escrito afirman haberlo hecho el 24 del mismo mes y año.
En una resolución en contra de miembros de la FICT, del 21 de julio de 2014, se indica que la Gestora la nombra la Federación Canaria el 19 de abril de 2014.
En certificación de la Secretaria, con el Visto Bueno del Presidente de la Federación Canaria, indican que la Gestora la nombró la Junta Directiva el 20 de diciembre de 2014 y consta “Que en la forma estatutariamente prevista han sido designados la siguiente Junta Gestora”.
El 14 de febrero de 2015, Don Antonio Suárez Cabrera, en escrito ante la Dirección General de Deportes, afirma que el mismo nombró la Gestora ejerciendo las atribuciones que le conceden los Estatutos de la Federación Canaria.
Con fecha 20 de mayo de 2015, en incoación de expediente, el Juez Único de Competición afirma que la Gestora la nombró la Asamblea de la Federación Canaria, el 8 de febrero de 2015
Según recoge el Acta de la Asamblea del 8 de octubre de 2016, Don Antonio Suárez Cabrera afirma que la Gestora de Tenerife fue nombrada al efecto en base al artículo 12 del Decreto 51/1992.
CONCLUIMOS:
1. Los Estatutos Definitivos de la Federación Canaria de Colombofilia NO CONTEMPLAN EN ARTÍCULO ALGUNO LA POSIBILIDAD DE QUE LA FEDERACIÓN CANARIA ESTABLEZCA UNA GESTORA.
2. El Artículo 12 del Decreto 51/1992, tampoco lo contempla ya que lo que dice textualmente es lo siguiente: “Cuando en una isla no exista organización federativa, o ésta no se hubiese integrado en la Federación Deportiva Canaria correspondiente, podrá establecerse por dicha Federación una unidad o delegación territorial.”
3. Existen documentos OFICIALES con información contradictoria acerca del Órgano que nombró la Gestora, acerca de las fechas y acerca de la normativa que lo permitió.
POR LO TANTO, NO DEBEMOS GESTIONAR NADA, ABSOLUTAMENTE NADA, POR UN ORGANISMO QUE, COMO LA GESTORA, CARECE DE LEGITIMIDAD.
Juan reboso.